La Mesta
 
 
Final de la Mesta
 
 
Carlos III (siglo XVIII), aunque en principio apoyaba a la Mesta, pronto se dio cuenta de la realidad de las cosas. Corrían otros tiempos, en los que el ministro Campomanes y más tarde Jovellanos se erigieron en abanderados en la lucha contra el Honrado Concejo.
 
Las guerras de Portugal y Catalunya a comienzos del siglo XVIII crearon serios problemas al normal desarrollo de a actividad de la Mesta, por la inseguridad en los caminos que suponían el desarrollo de la guerra y los movimientos de tropas. La exportación lanera ya venía debilitada desde los tiempos de Felipe II, y se acabaron vendiendo ovejas merinas en 1765 a Alemania: Federico Augusto de Sajonia compró 92 carneros y 128 ovejas, que se instalaron cerca de Dresden, dando comienzo a los famosos tejidos de lana sajona. Hasta el momento estaba prohibida la venta de ganado ovino al extranjero.
 
Hacia 1780 los pequeños propietarios ya no practicaban la trashumancia y se estaban arruinando. Los altos precios de las hierbas y los costes de las trashumancias no podían ser asumidos por estos pequeños propietarios. Esto se venía arrastrando desde 1720, pero el rey Felipe V no hizo nada por proteger a este sector social.
 
En 1786 se vendieron ovejas merinas a Francia, en número de 334 ovejas, 42 carneros y 7 capones. En 1796 se autoriza a los franceses a importar 5.000 ovejas y 500 carneros en 5 años. A continuación, se venden ovejas merinas a Alemania, Suecia, Rusia, Hungría, etc. Durante la Guerra de la Independencia los franceses se llevaron a su país miles de ovejas merinas.
 
Carlos III
 
En  las primeras décadas del siglo XIX las lanas sajonas se imponen en el mercado europeo, con lo que la Mesta pierde su monopolio. Anteriormente, los ingleses, al poner en marcha la máquina de vapor a finales del siglo XVIII, comenzaron con la fabricación de tejidos a partir del algodón.
 
EN 1767 se intenta fomentar la industria textil nacional creando al Real Compañía de San Carlos de Burgos, para relanzar “las antiguas y extenuadas fábricas, telares, paños y estameñas” y comerciar “las lanas finas manufacturadas”. Pero faltaba el empuje de la clase social capaz de llevar adelante estas buenas intenciones.
 
En 1787 se suprimen los Alcaldes Entregadores, verdadero azote de la agricultura castellana, además de constituir un foco de corrupción multisecular. Con ello se consigue que al menos no todos los litigios se fallen a favor de la Mesta. Es un golpe muy duro para el Honrado Concejo.
 
La cuenta atrás en la liquidación del Honrado Concejo comenzó en 1764, cuando el informe a las Cortes de Vicente Payno, diputado extremeño, explicaba la miseria y el atraso en que vivían las gentes de Extremadura por culpa de la Mesta. A continuación, vendrían en cascada una serie de disposiciones: autorización de cercar las viñas y olivares (1786), autorización a cercar cualquier propiedad rústica, supresión del cargo de Alcalde Entregador (1787), como ya hemos mencionado, y, finalmente, liquidación del Honrado Concejo de la Mesta (1836).
 
Vicente Payno señalaba en su informe que: ““Dueños los transhumantes, decía Paino, de yerbas, bellotas y tierras de labor, reducidos a la vil condición de esclavos los míseros extremeños, se vea en la dura precisión, los unos de establecer sus labores y trasportar sus ganados por el tiempo de la invernada al reino de Portugal, en que después de pagar crecidos derechos y diezmos de corderos, lana y granos, se les obliga a vender el todo o la mayor parte de lo que producen sus cosechas; y los otros en la cruel necesidad de mendigar, para vivir, aquellos desperdicios que se desprenden de tantas abundantes mesas, o tal vez algún hueso que se arroja. ¿Mas cómo se les distribuye por lo regular este beneficio? Por medio de verdaderas reventas, que llaman repasos, con la carga de una servidumbre ignominiosa sobre el precio, que siempre se oculta al verdadero, con el reato de una complicidad en los fraudes contra vuestra Real Hacienda, y tal vez con idea de inclinarlos a ser infames instrumentos que terminen la tragedia de sus compatriotas. ¿Podrá V.M. creer que así se traten sus vasallos? ¿Podrá V.M. oír sin indignación que haya pueblo en Extremadura en que para conservar las tristes reliquias del antiguo vecindario ha sido preciso poner la jurisdicción Real ordinaria en manos de un criado del ganadero trashumante que, tratándose como vecino, crece en riquezas al paso de su amo? Pues así efectivamente sucede en la villa de Lobón. Una sumisión de esta naturaleza, unas condescendencias tan poco dignas de ánimos generosos, continuada ¿podrán menos envilecer los de aquellos naturales? ¿Y de qué podrán servir a V.M. unos ánimos de esta suerte envilecidos?” (1)
 
El Consejo de Castilla, para contrastar el informe de Payno, pidió dictamen sobre el tema a los gobernadores de Badajoz, Mérida, Trujillo, Llerena y Alcántara, al alcalde de Don Benito, al corregidor (gobernador) de Cáceres, al alcalde mayor de Villanueva de la Serena y al Comandante General de Extremadura. Todos los informes corroboraban las palabras de Vicente Payno y condenaban al Honrado Concejo de la Mesta.
 
El informe del Comandante General de Extremadura, D. Juan Gregorio Muniain, es particularmente interesante: ““Extremadura se queja con justicia y necesidad, pues su presente estado llena de amarguras a los naturales y de lástima a los forasteros; siendo tal que, reducidos poco a poco a la clase de mendigos, mueren por desnudez, hambre y miseria, e insensiblemente se pierde para S.M. y para el Estado una Nación generosa, capaz de ennoblecerse, procediendo todo este daño de que sus novilleros, vaqueriles, dehesas de monte y de yeguas de ocupan con ganados para que son menos aptos; de que se destrozan sus montes, con la inevitable anual quema de los novilleros; de que se impide la entrada al ganado de vida, con disminución considerable de la cría de cerda y vacuno; de que ha bastardeado en algunos pueblos la famosa raza de caballos; de que parecen los bueyes de labor; y de que apenas se divisa alguna sobra vacía de agricultura, por tener igual impropio destino las dehesas boyates y de labor; de modo que la agricultura, que es el fomento de la vida, es en Extremadura la guadaña de la muerte, porque mal instruida, floja y remisamente manejada, arruina a los que la profesan; se han encarecido extraordinariamente las carnes, pieles y lanas; no corresponden las cosechas, y faltan granos para el nacional consumo; no pueden pagarse las contribuciones, y se llena la provincia de involuntarios ociosos y forzados vagabundos; y, por fin, se aumenta el celibato, se pueblan las religiones y se despueblan los lugares… La causa y raíz de tanto desacierto y calamidad pública no es otra que los privilegios de Mesta, o por mal entendidos o porque se les han dado una extensión inmoderada… Es lamentable el desperdicio que se hace del terreno de Extremadura, porque habiéndose fijado los trashumantes en la idea de estancar toda especie de ganado , o por lo menos el merino, lo que les importa es criar poco y vender caro, de cuyo riesgo están libres los estantes; y la razón es porque, llegando los ganados mesteños a los pastos de Extremadura flacos, cansados y enfermos, se hallan en aquella situación los del país gruesos, descansados y sanos y sin necesidad de tanta yerba para conservarse y aumentarse, procediendo de este principio el que, en igualdad de pastos, sustentan los ganaderos extremeños mitad más de ganado que los castellanos; o que se sigue que los primeros dupliquen por lo menos las crías: es también doble el número de pastores que se emplean en su custodia; se duplica igualmente la contribución, por estar grabados con iguales derechos las lanas de Extremadura que las de Castilla; y, sobretodo, pierde mucho la Real Hacienda en los diezmos, que en la mayor parte de la provincia pertenecen a S.M., pues pagando por entero los ganados estantes, sólo pagan los trashumantes una oveja con su cordero cada 180 ovejas, y un cordero de cada 40; de modo que si no le engañan sus cálculos pierde el Real Erario, por esta exorbitante gracia, en el millón cuatrocientos sesenta y siete mil ovejas fecundas, que se dice pastan en Extremadura, ciento noventa mil corderos, que vendidos a 20 rs, importan dos millones cuatrocientos mil rs.; y la lana, comprendidos carneros, corderos y corderas hasta el número de dos millones doscientos sesenta y tres mil cabezas, se pierden otros dos millones novecientos treinta y cuatro mil reales, ascendiendo el todo a cinco millones trescientos treinta y siete mil rs.; y así en Castilla, Andalucía, mancha y otras partes pastan otros cuatro millones cuatrocientas ochenta y cuatro mil cabezas de cabaña, será duplicada la suma que se pierda; y con todo son de poquísima monta estas producciones comparadas con las de la agricultura bien servida, porque en una dehesa, por ejemplo, de tres millares de tierra de razonable calidad, con el auxilio de los baldíos, se sustentan dos mil quinientas cabezas de ganado lanar; trescientas cabras; treinta pares de bueyes; borricada de cuarenta a cincuenta bestias; cien puercos de cría y tres de yegua; se siembran cuatrocientas fanegas de trigo; doscientas de cebada; ochenta de habas; treinta de centeno y veinte de garbanzos; se ocupan más de sesenta operarios, que todos consumen las cuatro especies sujetas a millones; y el producto neto iguala anualmente al valor principal de las dos mil seiscientas cabezas de ganado merino trashumante, que es lo más que, según costumbre, podrá introducirse en esta dehesa, con doce pastores, que las custodien; infiriéndose de este sincero detalle que si la fértil Serena, cuando se empezó a vender por millares, se hubiera dado por S.M. a Extremeños, Catalanes y Gallegos para pasto y labor, libre de todo gravamen por ocho años, y después con el censo de doble diezmo,, produciría hoy a S.M. por lo menos cuatro millones de reales, sin la renta de millones, alcabalas y otras; tendría treinta y seis pueblos de a noventa vecinos, pero cuyo apremio no hay guarismo; y con el tiempo sería un estado ameno lo que en el día es un triste desierto; y siguiendo este fácil expediente, se podría juzgar cuanta inmensidad de terrenos baldíos, comuneros, promiscuos y realengos, que casi todos son estériles páramos, podrían ser fecundas heredades”.” (1)
 
Y aún relata su caso personal, que pone de manifiesto hasta qué punto las autoridades de la Mesta obraban con total impunidad y prepotencia, pues estamos hablando de una alta autoridad militar: “Impone, decía según el extracto del Relator, el Concejo de la Mesta y exige (aunque con pretexto de penas) impuestos y subsidios, de que son ejecutados sus Entregadores y Achaqueros, unos y otros estafadores públicos, sin que haya quien pueda contener los atropellamientos, las violencias e injusticias con que oprimen y maltratan a los pueblos; afecta subordinación y obediencia, y a un mismo tiempo se atreve a todo, pues con el arte, con la maña, con el artificio, con la generosidad y con el poder consigue cuanto intenta; y de ello es prueba lo ocurrido con este mismo Comandante, pues habiendo con las formalidades que previene el Cuaderno, desahuciado a un serano que con su ganado pastaba la dehesa de Arguijuela, propia de la Encomienda de Bienvenida, que disfruta, se valió dicho serrano de los infames acostumbrados medios, y al abrigo de un testimonio falso en que no sólo se ocultaba el desahucio, sino que se le imputaba al Conde de la Roca y a este Comandante un trato oculto, aparentando ser el rebaño del dicho Conde, recurrió al Concejo de la Mesta, y sin citación de partes se libró despacho para despojar el ganado de este Comandante; bien que duró poco la tropella, porque envió una partida de Dragones para prender al Alcalde de Cuadrilla; aunque no se efectuó, por haber tenido la dicha de ponerse a salvo; pidió justicia del atentado al Presidente del Concejo, y pasó por el desaire de no haberle respondido, no dejando por esto de admitir al serrano sus nuevos falsos alegatos, y el lance se halla aún sin resolver en la Sala Mil Quinientas” (…) “De esta tropelía, de esta sinrazón y este desprecio que se ejerció con quien observaba el espíritu y formalidad de la ley, se pueden discurrir los desórdenes y injusticias que se cometerán con los desamparados moradores de Extremadura, siendo éste y otros ejemplos la causa de que se vean en el Concejo tan poco agraviados para implorar el remedio”.” (1)
  
Campomanes
 
Campomanes, en su informe de fecha 18 de septiembre de 1770, demuestra que “en vez de los 17.500 pastores y las 3.500.000 ovejas que la Mesta se jactaba de sostener, la provincia de Extremadura, entonces casi despoblada y desierta, podría sustentar, una vez libre de trashumantes, 2.289.000 labradores, que a las cargas públicas contribuiría con un aumento análogo, así por lo relativo por las rentas generales y provinciales, por lo que concierne al número de soldados. Conviene con Moñino en los juicios sobre los abusos cometidos en la interpretación y en la falsificación de las leyes: acusa de mala fe al compilador del Cuaderno de privilegios, haciendo al mismo tiempo notar las contradicciones en que había incurrido: demuestra que, con el objeto de favorecer a la Mesta, habían sido alteradas fraudulentamente algunas leyes de la Nueva Recopilación y pide al Consejo de Castilla que examine la materia con la mayor escrupulosidad, puesto que no están libres de tergiversación las fuentes mismas del derecho. Prueba que sólo los medios más vituperables han llegado a adquirir fuerza legal obligatoria las costumbres de posesión, de fuimientos, de pujas y de traspasos. Analiza fueros municipales y cartas-pueblas, definiciones y privilegios de las Órdenes Militares, para deducir, por una parte, los estragos de la Mesta, que ha convertido por donde quiera en despoblados y dehesas los términos en que antes constaba haber multitud de lugares, y para demostrar, por otra que, en rigor de derecho, en Extremadura tenía la Mesta menos privilegios que en otros puntos, por las exenciones concedidas en la Reconquista a los municipios y a las Ordenes. En cuanto a los excesos convertidos en práctica constante por los jueces mesteños, traza un cuadro de repugnante tiranía y de extremada inmoralidad, hasta el punto de autorizar con su voto el proverbio que , no por vulgar y escandaloso le parece menos digno de ser tenido siempre en la memoria, y que define con estas breves y terribles palabras al Honrado Concejo: “¿Qué es Mesta? Sacar de esa bolsa y meter en ésta”. (1)
 
Jovellanos
 
Entre 1791 y 1794 Gaspar Melchor de Jovellanos redacta su informe para la Ley Agraria que se estaba elaborando. Jovellanos pone el acento en los grandes privilegios de la Mesta como origen de los males de este país: "Esta institución, originariamente protectora de las gentes humildes de las alturas –sigue Jovellanos- había sido adulterada con artificios por los magnates de las planicies, quienes, introduciéndose en su seno, la dominaron, y venían utilizándola en su favor con perjuicio de la comunidad, singularmente de los labradores sencillos y modestos, imposibilitados no sólo de hallar tierras que explotar, sino también de hierbas donde pastasen sus hatos, los cuales les eran imprescindibles para el abono de las tierras que cultivaban y como elemento estabilizador de sus ingresos y de sus despensas. Tres eran los privilegios de la ganadería trashumante que denuncia Jovellanos al terminar el siglo XVIII: la prohibición a los labradores de hacer roturaciones; la tasa de los pastos, congelada en 1692, y al nivel de 1692; el derecho de posesión, por virtud del cual el dueño de cualquier finca no podía desahuciar al miembro de la Mesta que la tenga en aprovechamiento a no ser que él vaya a ocupar con reses propias (…).Y no deja de apuntar quiénes son los causantes y responsables y cuáles son sus valedores: en un párrafo alude los señores y monjes coaligados y puestos al abrigo y protección de un magistrado público; en otro punto se refiere a la “hermandad” que reúne el poder y la riqueza de pocos contra las penas de muchos y de añadidura tiene a su disposición, y en pie, movilizado, un cuerpo de agentes –los alcaldes entregadores y sus secuaces- capaz de hacer frente a los representantes del rey en las provincias.” (2)
 
Cortes de Cádiz
 
En las Cortes de Cádiz de 1812 se intenta liquidar a la Mesta y dar potestad a los propietarios de tierra para cultivar o arrendar como zona de pasto.
 
Aunque la vuelta de Fernando VII en 1814 restableció los privilegios de la Mesta, la Guerra de la Independencia había herido de muerte a la organización ganadera: de 7 millones de cabezas que practicaban la trashumancia sólo quedaban algo más de 2 millones y el bandolerismo posterior a la guerra hacía muy difícil el tránsito por los caminos.
 
En 1824 se permitió que los pastores fueran armados. Además de los bandoleros, los campesinos se dan cuenta de la debilidad del Honrado Concejo y la hostilidad hacia la Mesta es cada vez mayor.
 
En 1827 desaparece formalmente la Mesta, pero no es hasta 1836 que se abole definitivamente y se crea la Asociación Nacional de Ganaderos, que funciona como un gremio profesional hasta nuestros días.
 
 
 
Notas
 
1-    F.Cos Gayón, La Mesta, Internet
2-    F. Ruiz Martín, Pastos y ganaderos en Castilla. La Mesta 1450-1600, Internet